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La presentación de ofertas en la Plataforma de Contratación es habitual en mi trabajo, así como las alegaciones o recursos por fallos técnicos en la mismas. Hoy te cuento qué puedes hacer cuando suceden incidencias informáticas, la oferta se ha producido fuera de plazo o no se ha enviado, y en qué supuestos el órgano de contratación debería admitir esta oferta.
Con estos consejos podrás presentar tu oferta con tranquilidad.
Las ofertas presentadas fuera de plazo deben ser inadmitidas como regla general.
¿En qué supuestos puede admitirse una oferta “fuera de plazo”?
Más vale prevenir que curar. La diligencia debida del licitador es clave para solucionar las incidencias o para que la oferta sea admitida por otros medios o fuera de plazo.
Los dos principios que van a determinar que la presentación “fuera de plazo” sea admitida, son,
- La exigencia de una debida DILIGENCIA al licitador.
- Principio de IGUALDAD entre los licitadores.
Para que la oferta fuera de plazo sea “admitida” la incidencia NO puede ser imputable al licitador. ¿Qué quiere esto decir?
Primero, la presentación de la oferta NO puede iniciarse el ÚLTIMO DÍA del plazo. La jurisprudencia tiene en cuenta el “momento” en el que el licitador ha iniciado el proceso de subida de los archivos, y además en la Plataforma queda registrado el momento en el que te has descargado la herramienta y comenzado la subida de documentos.
Resolución TACRC n.o 341/2019 de 29 de marzo: Normalmente, no procede advertir los problemas técnicos en los momentos anteriores a la finalización del plazo de licitación.
Resolución 696/2018 del TACRC confirma la exclusión de la licitación de una empresa que habría advertido de la existencia de errores técnicos minutos antes de que finalizara el plazo para ello, sin dejar, en consecuencia, el «margen temporal necesario para poder detectar y solventar el problema denunciado».
Resolución 167/2019 de 8 de octubre, del Órgano Administrativo de Recursos contractuales del País Vasco (OARC): «…no cabe entender aplicable el artículo 136.2 de la LCSP (que permite ampliar el plazo inicial de presentación de las ofertas, de forma que todos los posibles interesados en la licitación puedan tener acceso a la información necesaria para elaborar estas), entre otras razones, porque su aplicación se condiciona a que el interesado hubiera formulado con la debida antelación su requerimiento de información (apartado 3 del artículo 138 de la LCSP), lo que aquí no se cumple.»
Segundo, es muy útil tener a mano desde el primer día los TELÉFONOS y CORREO ELECTRÓNICO de soporte de la Plataforma de Contratación para resolver incidencias técnicas. Esta información suele incluirse en los propios pliegos de la contratación, además de estar en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas que puedes encontrar en la propia Plataforma.
Si los licitadores experimentan alguna incidencia informática en la preparación o envío de la oferta, deben contactar con el servicio de soporte de Licitación Electrónica a empresas de la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica, con la debida antelación, en el buzón licitacionE@hacienda.gob.es.
El horario de soporte es de lunes a jueves de 9:00 a 19:00 y viernes de 9:00 a 15:00, días laborables en Madrid. Teléfono: 91 524 12 42.
En el correo electrónico (licitacionE@hacienda.gob.es) recuerda:
-
- Aportar toda la información posible de tu duda o problema: número de licitación, identificador de sesión, órgano de contratación, órgano de asistencia, capturas de pantalla del error, etc.
- Escribir siempre desde el mismo correo electrónico, para facilitar la comunicación.
Tercero, comienza a preparar la presentación a la Plataforma en los primeros días del plazo:
- Descarga la herramienta de presentación.
- Actualiza java. La recomendación de la Plataforma es que se actualice la versión de su máquina virtual java de 32 a 64 bits.
- Comprueba que tiene instalada la última versión de Autofirma (actualmente 1.7.2). La aplicación Autofirma puede descargarse desde este portal de Internet de la Administración: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html.
- Realiza pruebas de subida de documentos.
- Una vez tengas los archivos, comprueba el tamaño de los mismos. Existe una limitación en la capacidad que tiene la tecnología de Java para gestionar la documentación que se anexa en la Herramienta y que provoca que la suma total de la oferta no pueda sobrepasar un determinado tamaño.
Cuarta, debes ACREDITAR la imposibilidad de presentar la oferta por problemas técnicos de la Plataforma, mediante pantallazos, correos electrónicos al soporte de la Plataforma y la consulta a la Plataforma solicitando informes de incidencias el día de la presentación o del presunto fallo técnico.
La doctrina de los Tribunales de Recursos Contractuales sobre la cuestión exige para que sea procedente la ampliación del plazo de presentación o para que se admita la oferta por vías distintas a la plataforma, que se acredite la imposibilidad de dicha presentación a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público y que dicha imposibilidad no es imputable al licitador.
Si resulta que la falta o retraso en la presentación se debe a un error del propio licitador, bien en la firma electrónica de los documentos, bien en la elección o configuración del tamaño de algún fichero que afecte a la capacidad de transmisión, etc., la recepción de la oferta resulta extemporánea y no puede admitirse.
A efectos de la acreditación, se tienen en cuenta los siguientes elementos:
- El momento de la consulta a la Plataforma de Contratación del Sector Público en relación con los presuntos problemas técnicos.
- si la licitadora pidió formalmente la posibilidad de ampliación prevista en los pliegos.
- si la Plataforma «confirma que funcionaba con total normalidad durante todo ese día.
- si en la oferta que intentaba presentar la empresa «faltaba algún requisito por acreditar o algún documento por firmar»
- si ningún otro licitador manifestó incidencia alguna a la hora de presentar su oferta, o si otros licitadores pudieron presentar su oferta. Sirva por todas, la reciente Resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, Resolución 161/2023 de 17 Feb. 2023, Rec. 41/2023.
“Sin embargo, la fundación actora imputa el retraso en la presentación de la documentación a la «lentitud excesiva» en cada una de las firmas de la documentación que debía presentar. Manifestación que al margen de no implicar per se fallo técnico alguno, no viene acompañada del más mínimo esfuerzo probatorio.
Así, en el supuesto ahora examinado se observa, ante todo, que, tal como se encarga de destacar el órgano de contratación en su informe, la recurrente tampoco remitió comunicación al órgano de contratación para hacer constar que estuviera teniendo problemas técnicos en la subida de la documentación de la oferta a la PLACSP.
Si, junto a las anteriores consideraciones, se tiene en cuenta que algunas de las empresas concurrentes a la licitación presentaron su oferta el mismo día en que lo intentó la recurrente, es decir el día 22 de diciembre, – incluso una de ellas en el último minuto del plazo- sin que se produjeran incidencias como la relatada por aquella a la hora de la presentación de su respectiva proposición, se extrae que la incidencia que se describe por la actora no correspondía a un error en el funcionamiento de la Plataforma, y por tanto llegamos a la conclusión, fundada y razonable, de que el problema que impidió a la recurrente presentar su oferta adecuadamente dentro del plazo previsto al efecto no se debió a un error en el funcionamiento de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
A la vista de las circunstancias concurrentes, este Tribunal considera correcta la falta de admisión de la proposición de la recurrente, al no resultar acreditado que la falta de presentación de la oferta dentro del plazo establecido fuera debida a errores o defectos técnicos en el funcionamiento de la Plataforma de Contratación del Sector Público, debiendo en consecuencia ser desestimado el recurso especial en materia de contratación.”
A los efectos de la prueba, te recuerdo la presunción de veracidad de los informes de los técnicos de la administración, y que la carga de “probar” que el fallo es de la Plataforma corresponde al licitador. Como ha señalado alguna resolución: “En suma, pese a que no podamos dejar de reconocer el esfuerzo que ha desarrollado la recurrente, este Tribunal entiende que no ha logrado desvirtuar el criterio de los servicios técnicos de la Administración acerca de que el origen del error en el envío se produjo en el equipo local, y no en la Plataforma.
Quinto, siempre comprueba al finalizar el envío el RESGUARDO o RECIBO de presentación. Debe indicar “JUSTIFICANTE DE PRESENTACIÓN”. Si contiene el término HUELLA ELECTRÓNICA, quiere decir que el envío no se ha completado y el licitador tiene la responsabilidad exclusiva de completar la oferta en el plazo de 24 horas. La presentación de tipo huella electrónica no supone en ningún caso que exista un error en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Sus causas están relacionadas, por lo general, con la conectividad en tu empresa.
Además de la diligencia del licitador, la admisión fuera de plazo no puede suponer una vulneración del PRINCIPIO DE IGUALDAD. En el procedimiento de licitación debe quedar garantizado el principio de igualdad y no discriminación entre los licitadores.
Así, sirva de ejemplo, la Resolución 924/2019 de 1 de Agosto del TACRC:
“El principio de igualdad y no discriminación impone el respeto de las condiciones establecidas para participar en las licitaciones públicas, sin excepciones ni distinciones entre los licitadores, de modo que, por principio, una oferta presentada fuera de plazo ha de ser inadmitida por la Administración, a menos que el interesado acredite de forma indubitada que la extemporaneidad de la presentación respondió a causas que no le son en modo alguno imputables a él, sino a la propia Administración que redactó los pliegos. En el supuesto examinado, en ausencia de una prueba que acredite el mal funcionamiento de la Plataforma, sólo la recurrente es la responsable de no haber podido participar en la licitación, pues fue ella quien consumió prácticamente la totalidad del plazo, quedándose sin capacidad de respuesta ante cualquier incidente informático o de similar naturaleza que pudiera plantearse.”
Si se acredita la imposibilidad de presentar la oferta en plazo por problemas técnicos de la plataforma, el órgano de contratación tiene dos opciones:
- bien amplía el plazo de presentación de ofertas.
- admite o determina el uso de otros medios para la presentación de las ofertas.
Por último, tener en cuenta que La hora del procedimiento es la hora peninsular.
La hora a la que se hace referencia en los anuncios de la licitación, aún tratándose de contratos licitados por entidades del sector público en Canarias, no es la hora de Canarias, es la hora peninsular (Resolución n.o 226/2018, TACPC, Resolución 799/2018 TACRC).
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Ana Jose Ganga